IV.- ANEXOS:
|
ANEXO Nº1 :
ASÍ LO HACEN LOS MEJORES
SISTEMAS EDUCATIVOS DEL MUNDO
|
|
|
Encontrar a las personas más aptas
para la docencia:
|
|
|
¿Cuál es el calibre académico
promedio de los nuevos docentes?
|
En el 10% superior de su promoción
|
|
¿Qué opinión tienen los estudiantes y
graduados universitarios sobre la docencia?
|
Entre las tres principales opciones
de carrera
|
|
¿Cuán rigurosos son los procesos de
selección para el profesorado?
|
Rigurosas evaluaciones del potencial
docente, por ej.,
práctica docente, pruebas de lengua y
aritmética
|
|
¿Cuál es la proporción de vacantes
para profesorado inicial Vs. postulaciones?
|
1 : 10
|
|
¿Cómo se compara el salario docente
inicial frente al de otras profesiones?
|
En línea con los salarios de otras
profesiones universitarias
|
|
Desarrollo de instructores efectivos:
|
|
|
¿Qué cantidad de entrenamiento
reciben los nuevos docentes en las escuelas?
|
>20 semanas 10% del tiempo de
trabajo para desarrollo
|
|
¿Conoce cada docente las debilidades
específicas de su práctica?
|
Sí, gracias a actividades
desarrolladas día a día en las
escuelas
|
|
¿Pueden los docentes observar y
comprender mejores prácticas docentes en un
ámbito escolar?
|
Sí, los docentes visitan regularmente
las clases de sus
pares con fines de observación y
entrenamiento
|
|
¿Qué función cumplen los líderes
escolares para desarrollar instructores efectivos?
|
Los mejores instructores son
seleccionados como líderes
|
|
¿Debaten y reflejan los docentes las
prácticas observadas?
|
Sí, a través de procesos formales e
informales
|
|
¿Qué estándares existen sobre qué
deben saber, comprender y poder hacer los
alumnos?
|
Estándares claros apropiados para el
desempeño del
sistema
|
|
¿Cómo se verifica la calidad del
desempeño de las escuelas a nivel del sistema?
|
Todas las escuelas conocen sus fortalezas
y debilidades
|
|
¿Cómo se aborda el bajo desempeño?
|
Con mecanismos efectivos para apoyar
a los alumnos con problemas; mínima variación de desempeño entre escuelas
|
|
¿Cómo se organizan el financiamiento
y el apoyo?
|
Se concentran donde pueden tener mayor
impacto. Garantizar el buen desempeño de todos los estudiantes
|
|
ANEXO Nº 2:
RESPECTO
A LAS 50%
HORAS NO LECTIVAS:
|
|
A.-
ESTADO ACTUAL:
a.- Definición actual:
Las Horas No Lectivas: Son
labores educativas complementarias a la función docente de sala, tales como
la administración de la educación; actividades anexas o adicionales a la
función docente propiamente tal; jefaturas de curso; actividades
co-programáticas y culturales; actividades extraescolares; actividades
vinculadas con organismos o acciones propias del quehacer escolar;
actividades vinculadas con organismos o instituciones del sector que incidan
directa o indirectamente en la educación y las análogas que sean establecidas
por un decreto del Ministerio de Educación. Por ejemplo: clases de
reforzamiento, academias y talleres; matrícula de alumnos; realización de
estudios relacionados con el desarrollo del proceso educativo, investigación
docente y actividades de perfeccionamiento dentro del establecimiento
educacional; reuniones con padres y apoderados; hasta acciones de cruz roja,
organización y asesoría de diarios murales.
http://www.colegiodeprofesores.cl/index.php/colegiate/itemlist/tag/HORAS%20DE%20DOCENCIA%20Y%20HORAS%20NO%20LECTIVAS
b.- Las horas de
docencia de aula no pueden exceder de un 75% de la jornada semanal, mientras
que un 25% debe destinarse a actividades curriculares no lectivas. Sin
embargo, tratándose de docentes que se desempeñen en JEC, la docencia de aula
será de un máximo de 32 horas y 15 minutos. Así lo establece el artículo 129
del Reglamento del Estatuto Docente.
http://www.colegiodeprofesores.cl/index.php/colegiate/item/221-como-se-distribuyen-las-horas-de-docencia-de-aula-y-las-no-lectivas
c.- El artículo 12 Nº 4 de la ley
19.715 introdujo en el artículo 69 del Estatuto Docente, un nuevo inciso 4º,
que señala que la docencia de aula
semanal para los docentes que se desempeñan en establecimientos
educacionales que estén afectos al régimen de Jornada Escolar Completa Diurna
no podrá exceder de 32 horas con
15 minutos excluidos los recreos, cuando la jornada contratada fuere igual a
44 horas semanales. El horario restante será destinado a actividades
curriculares no lectivas. Agrega la norma que cuando la jornada contratada
fuere inferior a 44 horas semanales e igual o superior a 38 horas semanales,
el máximo de clases quedará determinado por la proporcionalidad respectiva.
De esta forma, para los docentes que están afectos al régimen de jornada
escolar completa su jornada laboral de docencia de aula debe ser la indicada
precedentemente y no de 33 horas semanales.
http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/simple-propertyvalue-22160.html
d.- El inciso 2° del artículo 129 del
decreto N° 453, de 1992, del Ministerio de Educación, reglamentario del
Estatuto Docente, establece que la docencia de aula semanal no podrá exceder
de 33 horas cronológicas, excluidos los recreos, cuando el docente hubiere
sido designado con un jornada de trabajo semanal de 44 horas cronológicas. El
tiempo restante deberá destinarse a actividades curriculares no lectivas.
Cada recreo tendrá por regla general una duración de 4 minutos, que podrán
acumularse para los efectos de conformar el horario diario de clases. De esta
forma, el legislador ha sostenido que el
tiempo destinado a recreos si bien es cierto debe ser considerado para
los efectos de computar la jornada de trabajo del docente, no lo es menos que
el legislador no lo ha calificado como
actividad curricular no lectiva. Es del caso señalar que el señalado
reglamento 453, en su artículo 20, especifica cuáles actividades son
curriculares no lectivas, no contemplándose dentro de tal enumeración el
tiempo destinado a recreos. Así las cosas, debe concluirse que el período
destinado a recreos es de una naturaleza jurídica distinta de las actividades
curriculares no lectivas no pudiendo, por ende, ser calificado como tal. Por
consiguiente, el referido período de descanso, que es el recreo, no podría
ser destinado a la realización de actividades, que como las curriculares no
lectivas, o el cuidado de la disciplina del alumnado, no importan un alivio
efectivo del trabajo. Así se ha pronunciado la Dirección del Trabajo mediante
dictamen 3628/216 de 22.07.93 y dictamen 395/12 de 23.01.03.
http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/simple-propertyvalue-22160.html
e.- La
ley 19.526, que crea el régimen de jornada escolar completa diurna, dispuso,
entre otras cosas, que los establecimientos educacionales que se incorporen
al régimen de jornada escolar completa diurna, deben cumplir, entre otros,
con el requisito de asegurar que dentro de las actividades curriculares no
lectivas, los profesionales de la educación que desarrollen labores docentes
y tengan una asignación o contrato de 20 o más horas cronológicas de trabajo
semanal en el establecimiento, destinen un tiempo no inferior a dos horas
cronológicas semanales, o su equivalente quincenal o mensual, para la
realización de actividades de trabajo
técnico pedagógico en equipos tales como perfeccionamiento, talleres,
generación y evaluación de proyecto curricular y de mejoramiento educativo.
De lo anterior se desprende que la obligación de destinar 2 horas
cronológicas semanales o su equivalente de las actividades curriculares no
lectivas a labores técnico pedagógicas en equipo, existe únicamente
tratándose de aquellos profesionales de la educación con una carga horaria
igual o superior a 20 horas cronológicas semanales y sólo desde el momento
que el establecimiento educacional se incorpora al sistema de jornada escolar
completa. El cumplimiento de dicha obligación no determina necesariamente que
tales horas deban significar un aumento de la carga horaria del docente y,
por ende, un aumento de la remuneración en los términos que convengan las
partes dentro del marco legal, toda vez que, según lo ha señalado la
Dirección del Trabajo en dictamen 1034/52 de 24.02.99, también resulta
procedente para el cumplimiento de dicha actividad su imputación a aquella
parte de la jornada destinada a actividades curricular no lectiva.
http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/simple-propertyvalue-22160.html
|
|
ANEXO Nº 3:
RESPECTO
A LOS 20 ALUMNOS MÁXIMO POR CURSO:
|
|
ESTADO
ACTUAL:
a.- (En básica)… un
90% de los establecimientos dedica parte significativa del tiempo de libre
disposición a realizar actividades complementarias a los sectores de
aprendizaje, en particular en Lenguaje y Matemáticas. Junto a ello, las
tradicionales actividades de reforzamiento superan con creces a los talleres
que promueven un acercamiento más activo o innovador al sector, como puede
ser el caso de las Matemáticas Recreativas o Creación Literaria, entre otras
actividades que realiza un porcentaje menor de escuelas o colegios.
http://www.opech.cl/inv/documentos_trabajo/JEC.pdf
b.- (En media) … En
la actualidad, Religión, Inglés, Historia y Ciencias Sociales y Filosofía y
Psicología son los sectores de aprendizaje más “olvidados” en los establecimientos
de la educación media científico-humanistas, dedicándose menos tiempo del
señalado en los OF/CMO. Por el contrario, en Lenguaje, Matemáticas y Ciencias
la cantidad de horas suele estar sobre lo recomendado.
http://www.opech.cl/inv/documentos_trabajo/JEC.pdf
c.- Lo que sabemos, hasta el momento,
es que el factor “Motivación y el entusiasmo (de los alumnos) con la tarea
escolar” es el ámbito donde los docentes han observado menor proporción de
efectos positivos atribuibles a la implementación de la JEC. Por su parte, un
67% de los estudiantes de enseñanza media manifestaban, en esa misma
evaluación, que la implementación de la JEC no había redundado en una mayor
motivación por asistir al colegio (DESUC, 2005).
http://www.opech.cl/inv/documentos_trabajo/JEC.pdf
|
|
ANEXO Nº 4:
RESPECTO
AL $ 1.000.000.- SUELDO LÍQUIDO:
|
|
A.-
ESTADO ACTUAL:
a.- De acuerdo al inciso 4° del
artículo 5 transitorio de la ley 19.070, el
valor mínimo de la hora cronológica debe ser reajustado cada vez y en el
mismo porcentaje en que se reajusta el valor de la Unidad de Subvención
Educacional (USE), Unidad que a su vez se debe reajustar en cada oportunidad
en que se otorgue un reajuste general de remuneraciones al sector público y
en igual porcentaje. De esta forma, aplicando el reajuste otorgado al sector
público, que fue de 5 %, los nuevos valores para el período diciembre 2013 a
noviembre 2014 son los siguientes: $ 11.597 imponibles para los profesionales
de la educación de enseñanza pre-básica, básica y especial y, de $ 12.203
imponibles para los docentes de educación media humanístico-científica y
técnico profesional.
http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/simple-propertyvalue-22160.html
b.- Los conceptos asignación de movilización y la asignación de colación son rubros
no contemplados en la ley 19.070. No obstante, conforme al artículo 47 de
dicho texto, las municipalidades pueden otorgar asignaciones especiales de
incentivo profesional, entre las cuales podrían comprenderse pagos por los
conceptos referidos, los que serían en cualquier caso, imponibles.
http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/simple-propertyvalue-22160.html
c.- El IMD es la cantidad mínima que puede pagársele a un
profesional de la educación. Asciende a los $ 367.350 mensuales por 30 horas
de contrato ($ 12.245 por hora, con tope de 44 horas). Afecta a todos los
profesores del sector particular-subvencionado, y a los del sector municipal
hasta el quinto bienio de ejercicio profesional (esto último significa que, a
partir de los diez años de docencia, los profesores del sector municipal son
homologados a la llamada Renta Básica Mínima). En el caso de los profesores
que se desempeñan en el sector particular-subvencionado, su sueldo se
compone, exclusivamente, por el Ingreso Mínimo Docente (IMD) y por lo que
obtengan en sus procesos de negociación colectiva.
b.- ¿Cuál es el
valor de la Hora Docente 2014? Renta Básica Mínima Nacional (RBMN) 2014:
• Valor Hora Docente Educación Básica: $ 11.597.- • Valor Hora
Docente Enseñanza Media: $ 12.203.-
|
|
ANEXO Nº 5:
RESPECTO
A LA PRUEBA INICIA VINCULANTE (no aprueba no ejerce):
|
|
A.-
ESTADO ACTUAL:
a.- …las debilidades estructurales de
la educación en Chile mencionadas en el Informe de la OCDE, y que, sin duda, han
afectado la implementación de la JEC: "Las bienintencionadas reformas
del Ministerio están débilmente ligadas a la práctica escolar real, porque no
hay asesoría supervisora/instruccional para asegurar que las reformas sean implementadas
como se anticipa en el programa de la reforma (...) las reformas del
Ministerio están débilmente ligadas a la formación de profesores" (OCDE
2004: 290).
b.-
algunos consensos en relación al diagnóstico sobre la formación inicial. Se
advierte, en primer lugar, una limitada capacidad de la profesión para atraer
a buenos candidatos (jóvenes talentosos que elijan ser docentes en primera
opción y no por descarte. En contraste, en varias carreras de pedagogía hay
un crecimiento bastante explosivo de la matrícula. Por ejemplo, en educación
básica en 1996 había 2.147 estudiantes, en 2002 se habían triplicado (6.118
estudiantes) y en 2008 se había llegado a 20.047 estudiantes, pero esto a
costa de bajar los requisitos de ingreso.
c.- En
cuanto a los contenidos y al desarrollo de la formación inicial, ya desde el
FIID, se repite un diagnóstico que enfatiza, entre otras, tres debilidades:
desconexión con el mundo escolar y, por tanto, con la práctica y con la
reforma curricular; falta de especialización, lo que se traduce en debilidad
en el dominio de las disciplinas que deben enseñar; y una docencia
universitaria que no logra “modelar” el tipo de enseñanza que se espera que
los futuros profesores aprendan y practiquen.
d.- … el
“Programa Inicia” se desnaturalizó y pasó a ser “Prueba Inicia”. En 2008 se
evaluó a egresados de las carreras de educación básica; el 2009 se integró a
los egresados de las carreras de educación parvularia.
e.- … solo
un 7% de quienes rindieron la prueba proviene de colegios particulares
pagados (contra un 18% en el total de la matricula universitaria). Solo dos
instituciones, entre las 30 que participaron en la prueba Inicia en 2009,
reciben estudiantes con un puntaje PSU promedio mayor a 550 y 9 instituciones
(a las que corresponde el 45.8% de quienes rindieron la prueba) reciben
estudiantes con una PSU promedio inferior a 450 puntos; adicionalmente, el
64% de los alumnos examinados proviene de instituciones cuyo promedio PSU de
ingreso es inferior a los 500 puntos7 . Estos antecedentes sugieren que la
principal debilidad de la formación inicial docente podría radicar más en las
características de quienes llegan a formarse que en la formación misma.
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario